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Cátedra 4: Sostenibilidad y normatividad.

 

Sostenibilidad:

Se refiere a asegurar la satisfacción de las necesidadesd del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generacopnes para satisfacer las propias. Por su parte el desarrollo sostenible es aquel que pueda perdurar en el tiempo.

Desde 2010 la Organización de las Naciones Unidas declaró al agua como un Derecho Humano y por tanto, México al ser parte de dicha organización, reconoce también el derecho al agua potable y al saneamiento. Dentro del artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se especifica sobre este derecho.

Los objetivos del desarrollo sostenible para 2030 son los que toda la comunidad internacional quiere cumplir. En especial, el 6 hace total referencia al agua limpia y saneamiento para todas las personas.

Normatividad:

Juridicamente, México está obligado a ver que haya agua limpia y saneamiento para todos. 

El artículo 4° reconoce que toda persona tiene derecho al acceso, la disposición y el saneamiento de agua para el consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado debe garantizar este derecho de forma equitativa y sustentable y establecer la participación de la Federación, los estados y la ciudadanía para conseguirlo. 

Por su parte, el artículo 27 señala que las aguas son propiedad de la Nación y sienta las bases para que el Estado regule su aprovechamiento sostenible, con la participación de la ciudadanía y de los tres niveles de gobierno. Especifica que la explotación, el uso o aprovechamiento de los recursos se realizará mediante concesiones otorgadas por el Ejecutivo con base en las leyes.

Así mismo, el artículo 115, especifica que los municipios tienen a su cargo los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.

Buenos hábitos o prácticas para el aprovechamiento del agua:

- Cerrar los grifos cuando no se usen.

- Usar reductores de caudal en regaderas.

- Reciclar el agua para lavar el auto, trapear entre otras actividades que lo permitan.

NMX-AA-164-SCFI-2013 (México)

Todos los materiales y productos que se empleen en las instalaciones hidráulicas, deben estar certificados con base en las Normas Oficiales enlistadas en las referencias de la presente norma mexicana.

El diseño del sistema hidráulico de la edificación debe lograr una reducción en el consumo de agua de al menos 20 %, con respecto al consumo de una edificación equivalente, calculado según el Apéndice Informativo 8. 

Ley orgánica de la junta de agua potable y acantarillado (Yucatán)

Norma el uso del agua potable dentro del estado de Yucatán e impone sanciones por un uso indebido de este recurso natural.

Normatividad Municipal (Mérida)

Establece normas para la edificación y construcción de vivienda en la Ciudad de Mérida, enfocado en las instalaciones hidrosanitarias.



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